ARTICULO 28. CÓMO ESTÁ CONSTITUIDA LA JUNTA DE CONSEJEROS DE TU REGIÓN
QUIENES
HACEN PARTE DE LA JUNTA
v El
gobernador del departamento en el cual funcione el Consejo Regional o Seccional
v El
secretario de Educación del departamento sede o su delegado.
v El
secretario de Planeación del departamento sede o quien haga sus veces, o su
delegado.
v El
rector o decano de ingeniería de una de las Universidades o Instituciones de
Educación Superior del departamento sede, en la cual otorguen el título de
Ingeniero, o de alguna de sus profesiones a fines o de alguna de sus
profesiones auxiliares, que son elegidos en una junta convocada por el Copnia
para tal fin claro en tal caso en que existan más de una en el departamento
sede.
v El
presidente de una de las agremiaciones regionales de Ingeniería, de sus
profesiones afines o de sus profesiones auxiliares, el cual es elegido en junta
convocada por el Copnia para tal fin, claro en tal caso en que existan más de
una en el departamento sede.
PERIODO
DE MANDATO
El
periodo de los representantes elegidos en junta será de dos (2) años, teniendo
la oportunidad de ser reelegidos solo para el periodo subsiguiente es decir
(después del siguiente).
REQUISITO
Los
delegados deberán ser ingenieros de las ramas inspeccionadas, vigiladas y
controladas por el Copnia, debidamente matriculados.
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