Título IV
Código de Ética para el Ejercicio de la Ingeniería en
General y sus Profesiones Afines y Auxiliares
Capítulo I
Artículo 30: Los Profesionales
En este artículo se establece el uso de la
denominación “Los profesionales” para hacer referencia a los ingenieros, profesionales
afines y auxiliares, dentro de los diferentes artículos del Código de Ética.
Capítulo II
Artículo 31: Deberes y Obligaciones
Aquí conocerás los deberes y las obligaciones que
tienes como profesional
a)
¿Sabías que existe un Consejo Profesional Nacional de
Ingeniería y que cuenta con Consejos Seccionales y Regionales? Déjame decirte
que existe y además debes cumplir con todo lo establecido por este, como por
ejemplo requerimientos y citaciones.
b)
Al momento de ejercer tu profesión, la empresa te dará
acceso a bienes, valores, documentos e información, y te podrás preguntar ¿Qué
debo hacer con estos? Pues bien, la respuesta es sencilla, debes custodiarlos y
cuidarlos, darle el uso adecuado para los cuales fueron destinados. Ten cuidado
no los destruyas, ocultes o des uso indebido, te traerá consecuencias no
deseadas.
c)
En el ejercicio de la profesión deberás tratar con muchas
personas y se te presentarán diferentes situaciones, por lo que te puede surgir
la pregunta ¿Cómo debo tratarlas?, la respuesta es: mantener una relación con
respeto, imparcialidad y rectitud.
d)
Recuerdas que te mencioné que existe un Consejo
Profesional Nacional de Ingeniería, pues en el debes registrar: el lugar donde
vives y teléfono, al igual que debes notificar el cambio de alguno de estos
datos.
e)
En algunas ocasiones, el Consejo Profesional Nacional de
Ingeniería respectivo y las autoridades de policía necesitarán acceder a tu
lugar de trabajo para adelantar investigaciones y/o revisión de libros, por lo
que deberás permitirles el acceso y colaborar con ellos, de forma que puedan
cumplir con sus funciones.
f)
Si llegas a conocer acerca de un delito o falta contra el
Código de Ética, debes denunciarlo y aportar toda la información y pruebas que
tengas, para poder tomar las respectivas decisiones y dar solución oportuna.
No te quedes callado, ¡Denuncia!
g)
Recuerda que deberás tener en cuenta: Los demás deberes
incluidos en la presente ley y los indicados en todas las normas legales y
técnicas relacionados con el ejercicio de tu profesión.
Autor : Fernando Andres Cifuentes Calderon.
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