Articulo 22 y 23 : Requisitos para Poder laborar y contratar un extranjero.
Introducción
A continuación se darán a conocer los requerimientos que debería de saber un empleador para la contratación de personal profesional extranjero y los requerimientos que debe de tener un profesional extranjero a la hora de laborar en tierras nacionales.
Saberes previos:
- COPNIA: El Consejo Profesional Nacional de Ingeniería creado mediante la Ley 94 de 1937, es la entidad pública que tiene la función de inspeccionar y vigilar el ejercicio de la Ingeniería, de sus profesionales afines y de sus profesionales auxiliares en general, en el territorio nacional.
- Se encarga de expedir la matrícula profesional.
- Certificados de inscripción (técnicos y tecnológicos).
Artículo 22:
• Si es empleador o contratante que desea contratar, emplear o admitir a un extranjero, debe de saber:
• Un empleador (aquella persona que da empleo) solo puede tener contratados un 20% de empleados extranjeros, del total de todos sus empleados nacionales.
• Si el empleador necesita superar el límite(20%) de empleados extranjeros contratados para su empresa, deberá solicitar una autorización del Ministerio del trabajo para aumentar el porcentaje de extranjeros contratados y posteriormente el empleador dispondrá de un año para proporcionar una capacitación a profesionales nacionales para remplazar al extranjero.
• Exigirle la presentación de la Visa que le permita desarrollar la actividad, ocupación u oficio autorizado en la misma.
• Solicitarle la Cédula de Extranjería cuando esté obligado a tramitarla.
• Informar por escrito a Migración Colombia sobre la vinculación, contratación o admisión y de su desvinculación o terminación del contrato, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la iniciación o terminación de labores.
Articulo 23.
¿Qué debe tener en cuenta un profesional extranjero para trabajar en Colombia?
- Para que el profesional extranjero pueda laborar en tierras nacionales debe de obtener del Copnia(El Consejo Profesional Nacional de Ingeniería) un permiso temporal para ejercer sin matrícula profesional, certificado de inscripción del profesional o certificado de matrícula; este permiso tendrá validez por un año y podrá ser renovado por el Copnia hasta el vencimiento de su contrato o de la labor contratada.
• Solicitar los documentos reglamentarios y obtener la visa de trabajo correspondiente que permita desempeñar la profesión, ocupación, actividad laboral u oficio en el país.
• Si es por primera vez o la visa está vencida, debe solicitar en un Consulado colombiano en el exterior, la Visa Temporal Trabajador.
- Estos requisitos solo se aplican para todas las ramas de la ingeniería, Ejemplo (Ingeniería sistemas, Industrial, electrónica, etc.)
- Los únicos profesionales extranjeros que no deben de cumplir estos requisitos (Permisos, certificado de inscripción etc) son:
- profesionales extranjeros que sean invitados a dictar conferencias, seminarios, simposios, congresos, talleres y cuando no sean de carácter permanente.
- Si el Profesional extranjero quiere laborar de manera indeterminada en el país deberá homologar o convalidar el titulo de acuerdo a las normas de la materia.
- Los COPNIA ayuda a que no haya un aprovechamiento por parte de extranjeros u otros empleados nacionales.
- Los permisos de trabajos son una manera llevar un control para que estos trabajos sean llevados a cabo de manera segura.
- Los permisos para laborar evitan el fraude de profesionales extranjeros.
- ¿Si es una verdadera equidad tener ese porcentaje de profesionales extranjeros contratados?
- ¿Este artículo ayuda a que el profesional extranjero tenga más oportunidades de trabajo?
- ¿Para qué se necesitan los permisos de trabajo de extranjeros?
- ¿Todo profesional extranjero debería de sacar su permiso de trabajo sin excepciones?
Conclusión.
- A través de estos artículos pude ver reflejado el control que se lleva, para que los profesionales extranjeros puedan laborar en tierras nacionales siguiendo unos parámetros que ayuden a tener una estabilidad laboral y que los empleadores que los quieran contratar tengan la certeza de que son unos profesionales extranjeros y de esta forma todas puedan verse beneficiados.
Autor: Jorge alejandro Morcillo Moncayo
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